DESTINATARIOS:
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, en los términos indicados en la convocatoria, y que presenten necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales, o TEA y que se encuentren cursando estudios en un centro específico, en una unidad de educación especial de centro ordinario o en un centro ordinario que escolarice alumnos que presenten necesidad específica de apoyo educativo en alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación infantil.
b) Educación primaria.
c) Educación Secundaria Obligatoria.
d) Bachillerato.
e) Ciclos formativos de grado básico.
f) Ciclos formativos de grado medio y de grado superior.
g) Enseñanzas artísticas profesionales.
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
i) Otros programas formativos de formación profesional.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se podrán presentar desde el 30 de abril de 2025 a las 08:00 hasta el 11 de septiembre de 2025
PARA ACCEDER A TODA LA INFORMACIÓN PUBLICADA POR EL MINISTERIO CONSULTE LOS SIGUIENTES ENLACES:
Convocatoria: https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2025-15040
Presentación de solicitudes: https://www.educacionfpydeportes.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/05/050140/ficha/050140-2025.html#dg1